ARTÍCULO 1º. La presente
Tarifa de Honorarios Profesionales Mínimos contiene las disposiciones que
regulan los honorarios mínimos de los abogados en la República de Panamá.
Esta Tarifa establece la base
pecuniaria para el cobro de Honorarios, entendiéndose que es válido todo
acuerdo, convenio o contrato escrito suscrito entre los profesionales del
Derecho y sus clientes que fijen honorarios superiores, en atención al
artículo 2 de la presente Tarifa, la naturaleza, especialidad o cuantía del
negocio o asunto.
De conformidad con el Código de
Ética Profesional, será deslealtad y falta a la ética profesional por parte
del abogado pactar honorarios inferiores a los establecidos en esta Tarifa.
Se exceptúan los procesos por amparos de pobreza. Se exceptúan a aquellas
personas que califiquen para el patrocinio legal gratuito.
El contrato o acuerdo escrito de
mandato retribuido que cumpla con los requisitos legales prestará mérito
ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en el Código Judicial.
ARTÍCULO 2º Para la estimación
o fijación de Honorarios distintos a los establecidos en esta Tarifa, los
abogados deberán tomar en consideración:
a) La importancia de los servicios;
b) La cuantía del asunto o negocio;
c) El resultado económico y pecuniario obtenido y el reconocimiento de la
pretensión;
d) La novedad o dificultad de los problemas jurídicos tratados;
e) Su experiencia o especialidad en la materia;
f) La posibilidad de que el abogado pueda ser impedido de patrocinar otros
asuntos;
g) La situación económica notoria del cliente;
h) Si los servicios del abogado son por tiempo determinado, asunto específico
o de carácter permanente;
i) Las contingencias que se le puedan presentar al abogado en el tratamiento
del asunto;
j) El tiempo requerido en el patrocinio;
k) La participación del abogado en el estudio y planteamiento del asunto o
proceso;
l) Si el abogado ha precedido su gestión como asesor, consultor, consejero o
apoderado del cliente;
m) Si la prestación de los servicios ha ocurrido o no fuera del domicilio del
abogado;
n) La forma y duración del pago de los servicios prestados.
ARTÍCULO 3º Fíjase una Tarifa
de Honorarios Mínimos de B/.250.00, sin perjuicio de lo fijado en la presente
Tarifa, en todo proceso donde se produzca revocatoria del Poder otorgado o
designación de un nuevo apoderado.
Los Honorarios profesionales se
tasarán así:
a.) Un 25% de lo pactado o de lo establecido en esta Tarifa, si la
revocatoria se produce una vez presentado el Poder y ha sido admitida la
demanda;
b.) Un 40%de lo pactado o de lo establecido en esta Tarifa, si la revocatoria
se produce luego de concluida la práctica de pruebas;
c.) Un 80% de lo pactado o de lo establecido en esta Tarifa, si la
revocatoria se produce luego de concluida la instancia en los procesos de
única instancia o la primera en los procesos que admita doble instancia;
d.) El 100% de lo pactado, si la revocatoria se produce en la segunda
instancia, salvo que mediare sustitución consentida del abogado y un acuerdo
de pago de Honorarios en base al trabajo realizado.
Si mediare transacción judicial o extra judicial o cualquier otro medio de
terminación del proceso, el abogado será remunerado con el 100% de lo pactado
o según lo establecido en esta Tarifa. CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 4º Fíjase la
siguiente Tarifa Mínima de Honorarios Profesionales así:
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS:
(MIGRACIÓN)
Obtención de Visas y Prórrogas;
1. Visitantes Temporales (por
persona) B/. 500.00 y por cada prórroga B/. 300.00
2. Visitantes Temporales Especiales B/. 500.00
3. Inmigrantes:
a). Casado con nacional panameño B/. 800.00
b). Inversionista
b.1.) primer año B/.1,000.00
b.2.) segundo año B/. 800.00
4. Naturalizaciones B/.2,000.00
5. Visa de Estudiantes B/. 400.00
6. Visas de Religiosos B/. 400.00
7. Visa de Visitando Familiares B/. 500.00
8. Permisos Especiales B/.1,000.00
9. Salvo Conductos B/. 500.00
10. Permiso simple de salida / regreso B/. 250.00
11. Visa de salida y regreso múltiple B/. 350.00
12. Visa de Artista B/. 300.00
13. Visa de Turista Pensionado B/.1,500.00
14. Visa de Rentista B/.1,500.00
15. Visa de Visitante en calidad de ejecutivo de Zona Libre o zona franca B/.
750.00
16. Visa bajo resolución del Ministerio de Trabajo B/. 750.00
17. Recursos Administrativos
a.) Reconsideración B/. 250.00
b.) Apelación B/. 500.00
PARÁGRAFO: En todo trámite se
cargarán B/.200.00 por cada dependiente.
MINISTERIO DE COMERCIO
1. Obtención de Licencias
Comerciales o Industriales B/. 400.00
2. Modificaciones o Cambios de Licencias Comerciales o Industriales y
cancelaciones B/. 250.00
3. Obtención de Registro Comercial B/. 300.00
4. Registro de Propiedad Industrial (Marca de Fábrica, de Comercio, de
Servicios o Denominación Comercial, Uso de expresiones publicitarias y otros
B/. 500.00
5. Obtención de Licencias o Registros Comerciales a personas naturales B/.
250.00
6. Autorización para operar empresas financieras B/.5,000.00
7. Autorización para operar empresas de arrendamiento de bienes muebles
(leasing) B/.5,000.00
8. Cancelaciones B/.2,000.00
9. Asesoría externa a empresas financieras B/. 750.00
10. Gestiones administrativas ante la dirección de empresas financieras B/.
250.00
11. Cambios y modificaciones a las autorizaciones B/. 500.00
12. Obtención de licencias de corredor de bienes raíces
a). Persona Jurídica B/. 750.00
b). Persona Natural B/. 300.00
ASUNTOS ANTE LA COMISION DE VALORES
1. Licencia para operar ante la
Bolsa de Valores B/.10,000.00
2. Licencia para operar puestos de Bolsa B/. 5,000.00
3. Licencia para Corredor de Valores
a). Persona Natural B/ 2,000.00
b). Persona Jurídica B/. 4,000.00
4. Trámite de emisión de valores Según convenio
5. Gestiones administrativas ante la comisión de valores B/. 150.00 por hora
6. Asesoría legal a sociedades que operen ante la Bolsa según convenio
7. Asesoramiento y tramitación para la emisión de bonos Corporativos B/.
4,000.00
AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL
1.Abanderamientos, que incluye:
Obtención de Patente Provisional y Definitiva de Navegación (Incluye Registro
de Título de Propiedad), Licencia de radio provisional y definitiva) B/.
1,500.00
a). Cada Prórroga B/. 150.00
2. Obtención de Licencia Especial de Navegación B/. 1,500.00
a). Cada Prórroga B/. 150.00
3. Registro de Hipotecas Navales (Preliminar) B/. 300.00
4. Registro de Hipotecas Navales (Definitiva) B/. 1,000.00
5. Cancelación de Hipotecas Navales B/. 500.00
6. Cambio de Nombre B/. 300.00
7. Cambio de domicilio B/. 300.00
8. Cambio de Propietario (Trámite completo de abanderamiento) B/. 1,500.00
9. Cancelación de registros B/. 300.00
10. Agente Residente (1 año) B/. 200.00
11. Obtención de Certificado de paz y salvo B/. 100.00
12. Recursos Administrativos
a. Reconsideración B/. 250.00
b. Apelación B/. 500.00
PROCESOS ANTE LA JURISDICCION
CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA
1. Acción de nulidad B/. 2,000.00
2. Acción de plena jurisdicción B/. 5,000.00
3. Oposición de demanda contencioso administrativo B/. 2,500.00
4. Representación de tercero en proceso contencioso administrativo B/.
3,000.00 5. Procesos Indemnizatorios contra el Estado B/. 2,000.00 más el 35%
de lo que se obtenga o lo que convengan las partes
6. Procesos de impuestos o alcances por contribuciones de entidades públicas
a. De cuantía inferior a B/.10,000.00, 10% sobre el valor de la o la
reclamación con un mínimo de B/. 250.00
b. De cuantía superior a B/.10,000.00, 7.5% sobre el valor de la o la
reclamación con un mínimo de B/.1,000.00
7. Agotamiento de la vía gubernativa
a. Reconsideración B/. 500.00
b. Apelación B/. 1,000.00
PARÁGRAFO: En los procesos
ante la Sala Tercera, los honorarios se aplican por las actuaciones ante esa
corporación.
OTROS ASUNTOS DE DERECHO
ADMINISTRATIVO
1. Asesoría permanente a entidades
oficiales sin ser servidor público en dicha institución por mes B/. 2,000.00
2. Asesoría para casos especiales a la administración pública B/. 1,500.00
3. Contratos Administrativos
a. Elaboración B/. 500.00
b. Revisión B/. 250.00
4. Asesoría a personas naturales o jurídicas en la realización de contratos
con la administración B/. 500.00
5. Asesoría a personas que intervienen en licitaciones y actos de
contratación Según convenio
6. Asistencia legal ante funcionarios administrativos B/. 150.00 por hora
7. Registro de Propiedad Intelectual, Literaria o Artística y otros (Derecho
de Autor) B/. 500.00
8. Contrato de concesión y operación Según convenio
9. Tramitación de permiso o licencia de explotación Según convenio
10. Tramitación de Personería Jurídica para asociaciones sin fines de lucro
B/. 500.00
11. Tramitación de Certificados de Idoneidad para el ejercicio de
profesionales liberales B/. 300.00
TRÁMITES ANTE EL ENTE REGULADOR
1. Tramitación de concesiones de
agua según convenio
2. Tramitación de servicios radiotelefónico según convenio
3. Tramitación de Licencia de funcionamiento de emisoras de radio según
convenio
4. Tramitación de la Licencia de Funcionamiento de T.V. según convenio
5. Licencia de Transmisión de señal Vía Satélite según convenio
6. Otras gestiones administrativas ante este organismo según convenio
TRÁMITES ANTE COMISIÓN DE LIBRE
COMPETENCIA Y ASUNTOS DEL CONSUMIDOR (CLICAC)
1. Denuncia según convenio
2. Procedimiento Conciliatorio B/. 250.00
3. Proceso de Salvaguardia según convenio
4. Proceso de Concentraciones según convenio
GESTIONES ADMINISTRATIVAS ANTE EL
TRIBUNAL ELECTORAL Y SUS DEPENDENCIAS
A. ADMINISTRATIVO
1. Obtención de certificados y/o
certificaciones. B/. 100.00
2. Inscripción de actos vitales de panameños en el extranjero. B/. 200.00
3. Corrección de inscripciones y marginales. B/. 150.00
4. Cambios de nombre por derecho de uso y costumbre B/. 300.00
5. Gestiones administrativas y peticiones generales acompañando al
interesado. B/. 150.00
B. PROCEDIMIENTOS ANTE LA
JURISDICCIÓN ELECTORAL
1. Trámite de inscripción de
partidos políticos B/. 5,000.00
2. Oposición a inscripción de partidos políticos, registros de símbolos y
bandera. B/. 2,000.00
3. Impugnación de actas y/o resoluciones internas de organismos de los
partidos políticos inscritos. B/. 2,000.00
4. Impugnación a inscripción de adherentes de partidos políticos. B/. 250.00
5. Impugnación a cambio de residencia y registro en el padrón electoral. B/.
500.00
6. Representación en procesos de expulsión de miembros de partidos políticos
B/. 2,000.00
7. Representación en impugnaciones de postulaciones a cargos de elección
popular:
a. Representantes o Concejales. B/. 300.00
b. Alcaldes. B/. 500.00
c. Legisladores o suplentes. B/. 750.00
d. Diputados al Parlacem o suplentes. B/. 750.00
e. Presidentes o Vicepresidentes de la República. B/. 1,500.00
8. Representación en impugnaciones de proclamaciones de candidatos a cargos
de elección popular.
a. Representantes o Concejales y suplentes B/. 500.00
b. Alcaldes o suplentes B/. 1,000.00
c. Legisladores o Diputados al Parlacem y suplentes B/. 5,000.00
d. Presidentes o Vicepresidentes de la República B/.10,000.00
9. Trámite de registro de disolución de partidos políticos B/. 2,000.00
10. Abogado registrado del partido en el Tribunal Electoral por mes B/.
1,000.00
11. Procesos de nulidad de elecciones B/. 1,000.00
12. Procesos por faltas electorales y administrativas B/. 500.00
13. Procesos seguidos para delitos electorales B/. 2,000.00
CONSULTAS Y CONCEPTOS SOLICITADAS A
ABOGADOS O FIRMAS DE ABOGADOS
1. Consulta verbal con honorario
mínimo de B/. 50.00 la hora
2. Consulta verbal con examen de documentos B/.150.00 la hora
3. Concepto escrito B/.150.00 la hora
4. Consultas por medios electrónicos según convenio
ELABORACIÓN DE MINUTAS SIN ESTUDIOS
DE TÍTULOS Y ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS
1. Un honorario convencional sobre
un mínimo de B/.200.00 (por hora) teniendo en cuenta la complejidad del
trabajo, tiempo demandado y valores vinculados a la operación.
2. La redacción de documentos que contengan contratos de compra venta,
permuta arrendamientos, cesiones de créditos y acciones, opciones de compra y
venta, daciones en pago, préstamos con garantía o sin ella, prendaria o
fiduciaria, derechos reales limitados, capitulaciones matrimoniales,
transacciones fuera de juicios, contratos de obra y otros de naturaleza
similar, los títulos supletorios y en general, los documentos relativos o
contratos, transacciones y actos en que se entregue, se prometa, se reciba,
se pague o se declare alguna suma de dinero, o efectivos, o bienes
equivalentes, causarán honorarios sobre el valor de las respectivas
operaciones, conforme a la siguiente tarifa en forma progresiva:
a) De B/. 0.01 hasta B/. 3,000.00 B/. 200.00
b). De B/. 3,001.00 5,000.00 B/. 250.00
c) De B/. 5,001.00 10,000.00 B/. 275.00
d) De B/. 10,001.00 30,000.00 B/. 400.00
e) De B/. 30,001.00 50,000.00 B/. 500.00
f) De B/. 50,001.00 100,000.00 B/. 800.00
g) De B/.100,001.00 150,000.00 B/.1,500.00
h) De B/.150,001.00 200,000.00 B/.1,550.00
i) De B/.200,001.00 250,000.00 B/.1,575.00
j) De B/.250,001.00 2,000,00.00 3.5 %
PARÁGRAFO PRIMERO:Los honorarios
por las operaciones cuyo monto exceda de dos millones de balboas
(B/.2,000,000.00) se calcularán convencionalmente.
PARÁGRAFO SEGUNDO:Si la
complejidad, novedad o dificultad del asunto sometido al abogado obliga a
utilizar más del tiempo del normal, podrá fijar sus honorarios en base a la
Tarifa-Hora, con un mínimo de B/.150.00 por hora.
PARÁGRAFO TERCERO:En los documentos
que contengan varias operaciones, los honorarios se causarán sobre el valor
de cada operación, salvo lo dispuesto en el encabezamiento de este artículo,
sobre los documentos de préstamo y siempre que se trate del mismo acreedor.
PARÁGRAFO CUARTO:En los contratos
de arrendamiento y otros semejantes, el monto de los honorarios se calculará
sobre lo que deba pagarse durante el plazo del contrato. En caso de
arrendamiento por tiempo indeterminado, el cálculo se hará sobre los cánones
de arrendamiento durante dos años.
PARÁGRAFO QUINTO:En la redacción de
los documentos de incorporación al régimen de Propiedad Horizontal, se
aplicará la tarifa del uno por mil sobre el valor atribuido al respectivo
inmueble con un mínimo de Tres Mil Balboas (B/.3,000.00) por documento.
PARÁGRAFO SEXTO:La cancelación de
hipoteca y la de cualquiera otra garantía causarán honorarios mínimos de
Trescientos Balboas (B/.300.00), salvo pacto en contrario.
PARÁGRAFO SÉPTIMO:Los títulos
supletorios causarán honorarios mínimos sobre el valor atribuido al
respectivo bien, conforme a la tarifa establecida en la primera parte de este
artículo, y con la limitación prevista en su parágrafo primero.
ELABORACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS
LEGALES
1.Preparación de Minutas de
declaración de mejoras según la cuantía, con un mínimo de B/.250.00
2. La redacción de poderes causará honorarios mínimo conforme a la siguiente
tarifa:
a). Poder otorgado por persona natural B/.100.00
b). Poder otorgado por persona jurídica para asuntos judiciales no incluye
actuación alguna B/.200.00
ESTUDIOS DE TÍTULOS(no se incluye
la elaboración de minuta)
1.Para operaciones cuyo valor no
sea mayor de B/.10,000.00 un honorario convencional sobre un mínimo de
B/.150.00.
2. Para operaciones cuyo valor sea superior a B/.10,000.00 sin pasar de
B/.25,000.00 un honorario convencional mayor de B/.350.00 sin que exceda del
2% del valor de la operación.
3. Para operaciones cuyo valor sea superior a B/.25,000.00 sin pasar de
B/.50,000.00 un honorario convencional mayor de B/.450.00 sin que exceda del
1 ½ %del valor de la operación.
4. Para operaciones cuyo valor sea superior de B/.50,000.00 sin pasar de
B/.100,000.00 un honorario convencional mayor de B/.750.00 sin que se exceda
del 1% del valor de operación.
5. Para operaciones cuyo valor sea mayor de B/.100,000.00 sin pasar de
B/.250,00.00 un honorario convencional mayor de B/.1,000.00 sin que exceda
del 0.0085%.
6. Para operaciones cuyo valor sea superior de B/. 250,000.00 sin pasar de
B/.1,000.00 un honorario convencional mayor de B/.1,000.00 sin que exceda del
0.0075%.
7. Para operaciones cuyo valor exceda de B/.1,000,000.00 un honorario
convencional sobre un mínimo equivalente al 0.0065%, pero siempre con mínimo
de B/.1,875.00 de la operación.
PARÁGRAFO PRIMERO:Cuando se incluye
la elaboración de minutas, el porcentaje se puede doblar pero nunca los
honorarios serán superiores a B/.50,000.00 excepto que el servicio se compute
a base de B/.150.00 por hora de trabajo, en cuyo caso los honorarios no
tienen límite.
OTROS PROCESOS EN MATERIA DE
COMERCIO
1.Medidas Cautelares de Propiedad
Industrial, en primera instancia según el caso, B/.1,500.00
2. Cancelaciones, nulidades, competencia desleal, justificación del proceder,
prohibición del uso, etc., en primera o única instancia, según el caso,
B/.1,500.00
3. En segunda instancia, según el caso, mínimo B/.2,000.00
4. Inspección judicial anticipada B/.1,000.00
5. Dictamen pericial anticipado B/.1,000.00
6. En caso de cobro de honorarios B/. 200.00 por hora
ASUNTOS DE DERECHO SANITARIO
1.Registro sanitario de
medicamentos, cosméticos, alimentos y licores B/.350.00 cada registro
2. Renovación B/.350.00
3. Supresión o cambio o modificación de contraindicaciones o de indicaciones
o de advertencias o de excipientes o de la dosis o de colores. B/. 300.00
4. Traspaso B/. 300.00
5. Modificación del nombre del producto del nombre del producto B/. 300.00
6. Modificación de la fórmula del producto o reformulación B/. 300.00
7. Supresión de exigencia venta con fórmula médica B/. 300.00
8. Cambio del nombre del titular B/. 300.00
9. Licencia sanitaria de funcionamiento (Clase A, B,C y E) inscripción de
Laboratorios B/. 400.00
10. Memoria de impulso procesal B/. 200.00
11. Solicitud de aprobación de etiquetas o su modificación de propaganda. B/.
300.00
12. Cambio de fabricante. B/. 300.00
13. Identificación o determinación del nombre genérico del producto B/.
300.00
14. Modificación o reforma de resoluciones B/. 300.00
15. Desistimiento B/. 300.00
16. En lo demás, deben seguirse, en lo posible, las tarifas de propiedad
industrial.
ASUNTOS DE DERECHO DEL TRABAJO
1.Representación ante el Ministerio
de Trabajo
a.) Para el trabajador B/. 50.00 la hora
b.) Para el empleador B/. 150.00 la hora
2. Permiso de trabajo (obtención o prórroga) B/. 400.00
3. Presentación de reconsideraciones y /o apelaciones en solicitudes de
Permisos de Trabajo B/. 200.00
4. Concepto verbal
a). Para el trabajador B/. 50.00
b). Para el empleador B/. 150.00
5. Concepto por escrito
a). Para el trabajador B/. 50.00
b). Para el empleador B/. 200.00
6. Revisión de cálculo laborales
a). Para el trabajador B/. 50.00
b). Para el empleador B/. 200.00
7. Elaboración de Contrato de Trabajo
a). Para el empleador B/. 200.00
8.Reglamento Interno de Trabajo
a). Elaboración B/. 600.00
b). Trámite de aprobación B/. 400.00
9. Estatuto Sindical
a). Elaboración B/. 600.00
b). Trámite de aprobación B/. 400.00
10. Solicitud de Personería Jurídicas a Organizaciones Sociales
a). de empleadores B/.1,500.00
b). de trabajadores B/.1,000.00
11.Conciliación judicial mutuo acuerdo (extra judicial) B/. 250.00
12. Elaboración de pliego de peticiones B/.1,000.00
13. Convenciones Colectivas por negociación directa
a). Para el empleador B/.1,000.00 ó B/.150.00 por hora
b). Para el trabajador el 20% de los resultados de la cláusula económica
14. Asesoría permanente de Sindicato B/.500.00 mensuales
15. Asesoría permanente a patronos B/.300.00 mensuales
16. Asesoría a trabajadores en conflictos colectivos con firma de negociación
colectiva
a). Trabajadores - B/.1,000.00 más el 20% de lo obtenido en la cláusula
económica
b). Empleadores B/.1,500.00 ó 150.00 por hora
17. Gestión extra-judicial en reconocimiento de Derechos Laborales
(remuneraciones, prestaciones, indemnizaciones y otros) el 15% de lo cobrado
18. Elaboración de documentos de terminación de Contratodel trabajo por mutuo
consentimiento que incluya el cálculo de las prestaciones Laborales
a). En representación del empleador B/. 250.00
b). En representación del trabajador el 15% de lo cobrado
19. Proceso de única instancia
a). Para el trabajador, un 30% sobre el valor de las condenas o transacción
(incluye el recurso de apelación de ser necesario)
b). Para el empleador B/.500.00 salvo convenio
20. Solicitud de Autorización de despido a trabajadores con fuero Sindical,
fuero de Maternidad o fuero de pliego de peticiones
a). En primera instancia B/. 700.00
b). En segunda instancia B/. 300.00
21.Solicitud de autorización de despido por causa económica y otros Ante la
Dirección General de Trabajo B/.1,500.00
22.Procesos relativos al incumplimiento del artículo 215 del Código de
Trabajo B/.250.00 más el 20% de lo obtenido
23.Proceso de Conocimiento
a). En representación del trabajador
a.1. Por la primera instancia, 25% de lo obtenido
a.2. Por la segunda instancia, 15% adicional de lo obtenido
a.3. Por ambas instancias, o cuando el proceso termine en la primera, por
falta de apelación del empleador el 25%Parágrafo:Habrá lugar a un anticipo
convencional con el cliente
b). En representación del empleador
b.1. Por la primera instancia B/. 750.00
b.2. Por la segunda instancia B/. 500.00
b.3. Por ambas instancias B/.1,000.00Parágrafo:Podrá aumentarse la tarifa por
razón de la cuantía del proceso y el trabajo por desarrollar.
24.Proceso de Fuero Sindical
a). Reintegros B/.250.00 más el 25% del valor recaudado
b). Para el Empleador B/. 750.00
25.Proceso Ejecutivo
a). Para el demandante 25% de lo obtenido
b). Para el demandado B/. 500.00
b1). Con presentación de excepciones B/.1,000.00
26. Proceso arbitral
a). De carácter individual
a.1.) Para el trabajador 15%
a.2.) Para el empleador 15%
a.3.) Como árbitro, conforme a la tarifa correspondiente al organismo donde
se ventile el arbitraje.
b). De carácter colectivo originado en compromiso o en cláusula compromisoria
b.1) Para los Trabajadores B/. 250.00
b.2) Para el empleador B/. 500.00
b.3) Como árbitro, conforme a la tarifa correspondiente al organismo donde se
ventile el arbitraje
27. Casación Laboral
a). Demanda de Casación
a.1.) Para el trabajador, B/:500.00 ó B/.250.00 más el 10% de lo obtenido
a.2.) Para el empleador B/.1,000.00 ó B/.500.00 más el 10% de la cuantía
b). Oposición a la demanda de casación
b.1.) Para el trabajador B/.350.00 ó B/.250.00 más el 10% de lo obtenido
b.2) Para el empleador B/. 800.00ASUNTOS DE DERECHO COMERCIAL
1. Tarifa mínima por hora B/. 150.00
2. Consultas o conceptos
a). Consulta Verbal B/. 100.00
b). Consulta o concepto escrito B/. 250.00
c). Consultas sobre temas extensos B/. 500.00
3. Constitución de Personas Jurídicas
a) Colectiva, en comandita simple y de responsabilidad limitada B/. 500.00
b) En Comandita por acciones B/. 500.00
c) Anónima B/. 500.00
d) Fundación de Interés Privado B/. 1,000.00
e) Administradora de fondos de pensiones B/. 5,000.00
4. Confección de estatutos para sociedades y asociaciones B/. 500.00
a) Reconocimiento de asociación sin fines de lucro B/. 300.00
b) Reconocimiento de asociación educativa, como organización no-gubernamental
y de bienestar social, laboral, etc. B/. 300.00
5. Confección de Actas de sociedades y asociaciones B/. 250.00
6. Confección de Poderes de sociedades y asociaciones B/. 250.00
7. Disolución de Sociedades y Asociaciones B/. 500.00
8. Certificado del Registro Público sobre la vigencia y personería de la
Sociedad o Asociación B/. 100.00
9. Actuación como Directores en sociedades Anónimas (Al año)
a). Si son abogados B/. 300.00
b). Si no son Abogados B/. 150.00
c). Si el Abogado es el Presidente o el Representante Legal B/. 500.00
10. Agente Residente (Al año) B/. 250.00
11. Asesoría en la organización y celebración de Asamblea o Junta Directiva
de Sociedades o Asociaciones, incluida asistencia a la reunión, redacción de
actas y gestiones posteriores por hora:
a) en oficina del abogado B/. 250.00
b) fuera de la oficina B/. 300.00NOTA:Si la gestión se realiza fuera del
país, la Tarifa puede ser aumentada proporcionalmente.
12. Asesoramiento en trámite de expedición de acciones de la Sociedad B/.
300.00
ASUNTOS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE
BANCOS
1. Obtención de Licencia Bancaria
a). General B/.25,000.00
b). Internacional B/.25,000.00
c). De Representación B/.25,000.00
2. Asesoría externa a Bancos (Mensualidades) B/. 1,000.00
3. Obtención de Licencia Bancaria (adicional) B/.12,500.00
4. Cancelación de Licencia Bancaria B/.12,500.00
5. Gestiones Administrativas ante la Superintendencia de Bancos, tales como
(quejas por deficiencia en el servicio, apertura de sucursales y similares
B/. 500.00
6. Constitución de Fideicomisos B/. 2,000.00
7. Trámite de obtención de licencias para fiduciario B/.15,000.00
8. Agente Residente Fideicomiso (Al año) B/. 300.00
9. Asesorías administrativas ante la Superintendencia de Bancos, incluyendo
recursos contra sus resoluciones B/.150.00 por hora
ASUNTOS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS Y REASEGUROS
1.Obtención de Licencia de
Corredores de Seguro
a) Persona natural B/. 200.00
b) Persona Jurídica B/. 500.00
2. Obtención de Licencia para Compañías Aseguradoras B/.2,500.00
3. Obtención de Licencia para Compañías Reaseguradoras B/.3,500.00
4. Trámite de cesión de cartera de Seguros y/o Reaseguros B/.2,500.00
5. Trámite de aprobación de pólizas o endosos B/. 500.00
6. Obtención de Licencia para aseguradoras cautivas y Administradoras de
Aseguradoras cautivas B/.2,500.00
7. Obtención de Licencia para Administradora de Aseguradoras y de Corredores
de Seguros B/.2,500.00
8. Recursos administrativos ante la Superintendencia o Consejo Técnico de
Seguros y Reaseguros:
a) Reconsideración B/. 300.00
b) Apelación B/. 500.00
9. Trámite de consulta B/. 300.00
10.Otras gestiones según convenio
TRÁMITES ANTE EL MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS
1.Exoneraciones de Impuestos de
Inmuebles por finca B/. 300.00
2. Exoneración del pago del impuesto de transferencia de Bienes Inmuebles por
finca
a) Persona Natural B/. 250.00
b) Persona Jurídica B/. 350.00
3. Pago de tasas únicas y obtención de paz y salvo nacional o de inmueble B/.
100.00
4. Obtención de resolución de exoneración de donaciones B/. 300.00
5. Procesos de prescripción de tributos nacionales Hasta B/.5,000.00 25% de
lo concedido Más de B/.5,000.00 20% de lo concedido
6. Procesos de alcances tributarios
a. Reconsideración B/.1,000.00
b. Apelación B/.2,000.00
En ambos casos se puede convenir un porcentaje sobre los resultados de la
gestión en adición a los honorarios antes señalados.
7. Gestiones de negociación y trámite de Contratos con la nación B/.1,500.00
o suma mayor según el tiempo e importancia del Contrato
8. Gestiones de aprobación de rifas, tómbolas y otras actividades ante la Junta
de Control de Juegos B/.500.00 ó según convenio
9. Trámite de reconsideración y apelación de resoluciones de la Junta de
Control de Juegos (por cada instancia) B/. 300.00
10. Permisos de Operación de salas de juegos de suerte y azar B/.5,000.00
11. Procesos por contrabando o defraudación fiscal B/.1,000.00 ó 150.00 por
hora
12. Permisos para instalación de depósitos aduaneros B/.1,500.00
13. Permiso para licencia de transporte asegurado B/. 500.00
14. Gestiones y memoriales ante la Dirección General de Aduanas B/. 300.00
ASUNTOS ANTE EL MINISTERIO DE
VIVIENDA
1. Confección del Contrato de
Arrendamiento
a) Habitacional B/. 50.00
b) Comercial B/. 100.00
2. Solicitudes de desahucio ante Comisión de Vivienda, sin apelaciones B/.
150.00
3. Solicitudes de desahucio ante Comisión de Vivienda, con apelaciones B/.
250.00
4. Solicitudes de lanzamiento ante comisión de vivienda B/. 200.00
5. Solicitudes de aumento de cánones B/. 500.00
6. Incorporación de régimen de propiedad horizontal B/.3,000.00
7. Modificación de Reglamento de propiedad horizontal B/. 500.00
8. Tramitación de quejas ante la Comisión de Vivienda B/. 200.00
9. Tramitación de descuentos directos B/. 200.00
10.Trámites de devolución de depósitos B/. 200.00
11.Solicitudes de modificación de zonas, sin apelación B/. 500.00
12.Solicitudes de modificación de zonas, con apelación B/.1,000.00
13.Trámites de certificaciones B/. 150.00
14.Devoluciones de aumento ilegales de cánones según convenio
15.Procesos de condena y rehabilitación B/. 300.00
OTROS ASUNTOS:
En cada una de las actuaciones de los Abogados, sea que actúen representando
intereses o sea que actúen en su propio interés, en lo no señalado en la
tarifa anterior, los Abogados cobrarán sus servicios, o cargarán los mismos,
a razón de B/.150.00 por hora de gestión o actuación.
ASUNTOS DE DERECHO PROCESAL (CIVIL
- COMERCIAL)
1.PROCESO EJECUTIVO
a) De menor cuantía 25% de la cosa o cantidad en litigio
b) De mayor cuantía hasta B/.2,000.00 20% de la cosa
De B/. 2,000.00 en adelante hasta B/.10,000.00 15% cantidad en litigio
De B/. 10,000.00 a B/.100,000.00 10%
De B/. 100,000.00 en adelante 15%
Se aplicarán los mismos honorarios para las tercerías coadyuvantes o
excluyentes.
Si se practicase secuestro de bienes o inspecciones judiciales, fuera del
domicilio del abogado, se aumentará la tarifa hasta un 15%.
2.PROCESO ORDINARIO
a). De menor cuantía 25% de la cosa o cantidad en litigio
b). De mayor cuantía:
Hasta B/. 20,000.00 25%
De 20,000.00 a 100,000.00 20%
De 100,000.00 a 500,000.00 15%
De 500,000.00 a 1,000,000.00 10%
De 1,000,000.00 en adelante 7 1/2%
2.1 Representación de tercero, 50% de la tarifa establecida para las partes.
2.2 Representación al llamado al proceso tarifa plenaNota:La tarifa mínima
anterior se aplicará de manera progresiva.
3.PROCESOS NO CONTENCIOSOS
(Declarativos, acertivos, informaciones para perpetua memoria y otros
similares). Mínimo B/.2,000.00 Si se transformaren en contenciosos, se estará
a las reglas generales.
4.PROCESO DE SUCESION TESTAMENTARIA
O INTESTADA:
Hasta B/. 50,000.00 15% sobre el activo
De B/. 50,001.00 en adelante 10% líquido de la sucesión que corresponda al
interesadoNOTA:
a) Los honorarios anteriores se refieren únicamente al proceso a efecto de
obtener la transmisión de los derechos y obligaciones del causante a sus
herederos, suponiéndola desligada de todo proceso accesorio al de la
sucesión. Pero los procesos ordinarios que han de seguirse sobre nulidad de
testamento, alimentos de hijos menores, reivindicación de bienes herenciales,
declaratoria contenciosa de herederos, etc., se fijarán de acuerdo a los
honorarios señalados en la Sección 2 anterior.
b) Cuando se liquiden y adjudiquen gananciales al cónyuge sobreviviente, se
aplicará la tarifa que establece la Sección de PROCESOS DE FAMILIA Y MENORES.
c) Cuando en una sucesión haya varios herederos representados por distintos
abogados, los honorarios se computaran sobre las hijuelas del heredero que
cada abogado represente.
d). En caso de que los créditos pasivos alcancen o excedan a la mitad del
activo, los honorarios anteriores se aumentarán proporcionalmente del 25% al
50%.
PROCESOS ANTE LOS TRIBUNALES DE
COMERCIO
Para la fijación de los Honorarios
Profesionales por las gestiones ante los Tribunales de Comercio, se aplicará
la Tarifa señalada para los procesos de la jurisdicción ordinaria, de acuerdo
a la cuantía y naturaleza del negocio.
PROCESOS MARÍTIMOS
En los procesos marítimos se
aplicará en lo posible, la tarifa aprobada para los procesos de la
jurisdicción ordinaria. En aquellas diligencias judiciales o extrajudiciales
en que se requiera prestación de servicios profesionales de Abogado, se
aplicará una tarifa de B/.200.00 por hora.
PROCESOS ESPECIALES
1. Deslinde y Amojonamiento o
División o Venta de Bien Común:
Hasta B/. 20,000.00 25%
De 20,001.00 en adelante 10%
La cuantía se determina por el valor de los derechos que corresponden al
interesado.
2. Procesos Posesorios.
Se pactará en forma convencional, con base a un mínimo de B/. 1,000.00
teniendo en cuenta la complejidad del negocio, la cuantía de los bienes, la
labor requerida, las condiciones especiales de la práctica, especialidad
profesional y la capacidad económica del interesado.
3. Rendición de cuentas. Se aplica la tarifa de los procesos ejecutivos
4. Pago por consignación: 20% de la cuantía, con un mínimo de B/.300.00
5. Desahucio y Lanzamiento ante Tribunales Ordinarios B/.5,000.00
6. Restitución de bienes con reserva de dominio B/.1,000.00
7. Inspecciones sobre medidas y linderos
Predios urbanos B/.500.00 a 2,000.00
Predios rurales B/.500.00 a 3,000.00RECURSOS EXTRAORDINARIOS
1. Casación
a. Con cuantía hasta B/.50,000.00 B/.3,000.00
b. Con cuantía superior a B/.50,000.00 B/.5,000.00
2. Oposición a la demanda de Casación B/.2,000.00
3. Revisión (Interposición del recurso o intervención de terceros)
a). Sentencia de la Corte o el Tribunal Superior B/.5,000.00
b). Sentencia del Juez de Circuito B/.2,000.00
c). Sentencia del Juez Municipal B/.1,500.00
4. Ejecución de Sentencia Extranjera B/.1,000.00
5. Amparo de Garantías y Acciones de Inconstitucionalidad
a) Juzgado de Circuito B/.1,000.00
b) Tribunal Superior B/.1,500.00
c) Corte Suprema B/.3,000.00
d) Acción de inconstitucionalidad B/.5,000.00
e) Advertencia de Inconstitucional B/.5,000.00
f) Habeas Corpus B/.1,000.00
PROCESOS ANTE LA JURISDICCIÓN DE
FAMILIA Y MENORES
1.Divorcio - Nulidad de Matrimonio
- de B/.500.00 a B/.2,000.00 según convenio en cada caso
2. Guarda, Crianza y Educación B/.1,000.00
3. Reglamentación de Visitas B/. 500.00
4. Interdicción o Rehabilitación de Interdicto B/.1,000.00
5. Filiación B/.1,000.00
6. Adopción B/.1,000.00
7. Impugnación de Paternidad B/.1,000.00
8. Reconocimientos Voluntarios B/. 300.00
9. Alimentos (2da. Instancia) B/. 300.00
10. Emancipación B/. 500.00
11. Matrimonios de Hecho B/.1,000.00
12. Disolución y Liquidación del Régimen Económico Matrimonial 500.00 más 20%
del activo neto asignado
13. Otros procesos de familia no incluidos B/. 500.00
14. Defensor de Ausente B/. 150.00
(Los Tribunales podrán variar los honorarios del Defensor de Ausente según el
caso)
MENORES
1. Procesos de Protección
B/.2,000.00
2. Reintegro de Menores
a. Nacional B/.1,000.00
b. Internacional B/.3,000.00
3. Menores Infractores B/. 500.00
4. Violencia Intrafamiliar B/. 500.00
5. Pensiones Prenatales B/. 300.00
6. Impedimentos de salidas B/. 300.00
7. Permisos de salida de menores B/. 300.00
8. Denuncias relativas a menores en circunstancias difíciles, abandono, y/o
riesgo social y medidas de protección B/. 500.00
PROCESO DE SEPARACIONES DE BIENES,
AISLADOS O ACCESORIOS A CUALQUIERA DE LOS QUE TRATA LA SECCIÓN ANTERIOR.
La misma tarifa de la sección 2 (PROCESO ORDINARIO).
PROCESOS ESPECIALES SOBRE:
1. Ausencia y Presunción de Muerte
B/.300.00 a B/.3,000.00
2. Suspensión de la Patria Potestad B/.300.00 a B/.3,000.00
3. Nombramiento y Remoción de tutores o guardadores B/.500.00 a B/.3,000.00
4. Impugnación de paternidad o maternidad B/.500.00 a B/.3,000.00Nota: En
caso de no existir controversia podrá el abogado reducir la tarifa hasta un
25%.
ACTUACIONES EN NEGOCIOS CRIMINALES:
I. CONSULTAS
1. Verbales B/. 100.00 a 300.00 ó 150.00 por hora según criterio del abogado
2. Escritas B/. 300.00
Cuando por razón de la consulta sea necesario comparecer ante Autoridad ésta
comparecencia causará un 50% de recargo.II. ASISTENCIA DEL ABOGADO AL CITADO
Y/O DETENIDO
1. En actuaciones policiales previas a la indagatoria B/. 300.00
2. En la declaración indagatoria 300.00 o tarifa a razón de 150.00 por hora
3. En asistencia a los citados en cualquier etapa del proceso B/. 300.00III.
FORMALIZACIÓN DE DENUNCIAS
1. Ante Personerías Municipales B/. 500.00
2. Ante Fiscalías de Circuito B/.1,000.00
3. Ante Fiscalías Superiores de Distrito B/.1,500.00
4. Ante Autoridades con Jurisdicción en todo el territorio B/.2,000.00IV.
DEFENSA EN NEGOCIOS CRIMINALES
1. Ante la esfera Municipal B/.1,500.00
2. Ante la esfera de Circuito B/.2,500.00
3. Ante las esferas Superiores B/.3,500.00
4. Ante Autoridades con Jurisdicción en todo el territorio nacional
B/.4,500.00
5. Tercerías Incidentales para recuperación de bienes y levantamientos de
medidas cautelares según convenio
6. Fianzas de excarcelación según convenio
Cuando la defensa penal se inicia en la etapa sumarial, los honorarios se
regirán por lo establecido en esta misma Sección.
V. QUERELLAS Y ACCIONES PENALES DE
LAS VÍCTIMAS DEL DELITO.
Cuando se trate de la interposición
de Querellas y Acciones Penales de las Víctimas, los honorarios profesionales
aplicables serán establecidos para la defensa en negocios criminales, con un
aumento no menor del 25 % de la tarifa allí indicada.
VI. ACTUACIONES ANTE AUTORIDADES DE
POLICÍA
1. Ante Jueces o Corregidores
Nocturnos B/. 200.00
2. Corregidores B/. 200.00
3. Alcaldía B/. 300.00
4. Gobernación B/. 300.00
5. Juicio ante Juzgado de Tránsito B/. 300.00
Cuando se trate de apelaciones en los casos antes indicados, los honorarios
serán:
a). Contra Resoluciones de Jueces Nocturnos y Corregidores B/. 100.00
b). Contra Resoluciones de Alcaldes, Jueces de Tránsito y Gobernadores. B/.
150.00
ARTICULO 5°.Aquellos asuntos,
materias y procesos no contemplados en el listado de la presente tarifa de
honorarios mínimos, serán fijados pactados o determinados siguiendo en lo
posible las gestiones por casos análogos.
ARTICULO 6°.Toda materia o gestión
que no esté regulada o en la que no pueda aplicarse el artículo quinto
anterior, la Junta Directiva del Colegio Nacional de Abogados de Panamá queda
facultada para regularla, hasta tanto se realice una Asamblea General de
Abogados que lo ratifique o modifique.
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