miércoles, 1 de julio de 2015

Servicio Nacional de Migración Panamá

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Servicio Nacional de Migración Panamá

Si usted tiene consultas sobre visas , citas , passaportes , permisos de salida , personas menores de edad , alertas envios entre otros usted debe dirigirse al Servicio Nacional de Migracion





El Servicio Nacional de Migración ejercerá sus facultades en todo el territorio nacional y contará con la organización, los medios y recintos migratorios dentro de las facilidades aéreas, marítimas y terrestres de la República. En el cumplimiento de sus funciones, se atendrá a los principios de legalidad, orden, eficiencia, transparencia, profesionalismo, disciplina y simplificación de los trámites migratorios con estricto apego a los derechos humanos.
Ver Decreto Ley No.3 del 22 de febrero del 2008 "LEY DE MIGRACIÓN"
  1. Los agentes diplomáticos y consulares ni a los funcionarios extranjeros de las misiones, legaciones y sus familiares, debidamente acreditados ante la República de Panamá.
  2. Los representantes permanentes, los representantes y enviados especiales, los funcionarios extranjeros de organismos internacionales o intergubernamentales y sus familiares con sede en el territorio nacional, con fundamento en los acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República de Panamá.

Residente Permanente

No Residente

Residente Temporal























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