Migración Panamá - Permisos de trabajo en Panamá

Lo primero que debe comprender es que el Gobierno Panameño ha mantenido por años una regla general para las empresas locales en cuanto a la contratación de personal extranjero. Esta regla señala básicamente lo siguiente:
  • “TRABAJADOR DENTRO DEL 10%.  En toda empresa panameña sólo el 10% de su personal en planilla puede ser extranjero, y dicho trabajador extranjero debe ganar más de US$ 850.00 mensuales.”
Ahora, existen otras opciones de obtención de este permiso de trabajo que también otorgan PERMISO DE TRABAJO, fuera de la norma del 10%:
TRABAJADOR POR CONVENIO DE MARRAKECH.
Este caso es un convenio que permite a trabajadores extranjeros ser contratados por empresas panameñas con menos del 10% de trabajadores en nómina, siempre y cuando reciba un salario no menor a 1,000.00 $ mensuales. Será residente temporal por el tiempo que dure el contrato.
EXPERTO TÉCNICO DENTRO DEL 15%. 
Por Ley, sólo el 15% de la nómina laboral de una empresa panameña puede ser personal extranjero EXPERTO o TÉCNICO. Si usted es contratado por una empresa privada panameña que cumpla con lo anterior con un salario no menor de 850.00 $ mensual, usted puede ser residente temporal de panamá por el término del contrato laboral que haya firmado. Debe adicionalmente comprobar su carácter de especialista o técnico con diploma apostillado desde el extranjero.  

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